SUMARIO
CAUSANTE:
BAZAN VERA DANIEL
MATERIA:
SUCESION AB INTESTATO
DOCUMENTACIÓN
ACOMPAÑADA: Certificado
de Defunción (1); Acta de Matrimonio (1); Dos Partidas de Nacimiento (2);
Copias D.N.I. de los herederos (3);
Título de Propiedad (1); Ius Previsional; Bono ley 8480.-
INICIA SUCESION AB-INTESTATO
Señor
Juez:
LAURA MONACO, D.N.I.
N° 12.235.235, nacionalidad argentina, domiciliada en la calle Venezuela N° 526
de la ciudad de Isidro Casanova, Partido de la Matanza, Provincia de Buenos
Aires; SANTIAGO BAZAN VERA, D.N.I.
N° 30.843.943, nacionalidad argentina, domiciliado en Av. Gaona N° 542 de la
ciudad de Ramos Mejía, Partido de La Matanza, Provincia de Buenos Aires y VALERIA BAZAN VERA , DNI N° 32.232.583,
nacionalidad argentina, domiciliada en la calle Guido Spano N° 2356 de la
ciudad de Villa Luzuriaga, Partido de La Matanza, Provincia de Buenos Aires,
todos por derecho propio, conjuntamente con el patrocinio letrado del Dr. Federico
Choren T°XIX F°5 C.A.L.M., C.U.I.T. N° 20-38056120-3,
monotributista, legajo Previsional
5555/4, constituyendo domicilio procesal electrónico en
20380561203@notificaciones.scba.gov.ar,
a V.S. respetuosamente nos presentamos y decimos:
I.
OBJETO
Que venimos en legal tiempo
y forma por intermedio de la presente a iniciar sucesión ab-intestato de quien
en vida fuera esposo y padre respectivamente de los suscriptos, el Sr. Daniel Bazán
Vera cuyo deceso se produjo el día 3 de marzo de 2015 conforme se acredita con
el certificado de defunción que se acompaña a la presente.
II.VÍNCULOS
Que
tal como se acredita con el acta de matrimonio acompañado, el aquí causante contrajo
primeras nupcias con la Sra. Laura Mónaco
el día 2 de Diciembre de 1985, en la ciudad de San Justo, Partido de La
Matanza, Provincia de Buenos Aires.
Que
de dicha unión nacieron Santiago Bazán Vera el día 3 de julio de 1987 y Valeria
Bazán Vera el día 21 de mayo de 1989 conforme surge de los certificados de
nacimiento acompañados.
III. ACERVO
HEREDITARIO
Al
momento del deceso el acervo hereditario estaba compuesto por un inmueble sito
en la calle Venezuela N° 526 de la ciudad de Isidro Casanova, Partido de la
Matanza, Provincia de Buenos Aires. NOMENCLATURA CATASTRAL: Circunscripción III,
Sección J, Manzana 3, Parcela 18. Partida inmobiliaria: 070-524651-3 conforme
se desprende del título de propiedad adjuntado al presente.
IV. COMPETENCIA
Como
surge del certificado de defunción, el último de domicilio del causante ha sido
en la calle Venezuela N° 526 de la ciudad de Isidro Casanova, Partido de la
Matanza, Provincia de Buenos Aires por lo cual V.S. es competente en las
presentes actuaciones.
V. DERECHO
Fundamos
nuestra pretensión en los artículos 2335 y siguientes del Código Civil y
Comercial de la Nación y en los artículos 724 y 734 y concordantes del Código
Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires.
VI. AUTORIZACIONES
Autorizamos a la Srita. Micaela Ocampo D.N.I. N° 37.526.325 y a la
Srita. Malenka Orkorchuk D.N.I. N° 38.952.146, a compulsar el presente litigio,
como a extraer fotocopias, practicar desgloses, retirar copias, diligencias
cédulas, oficios, testimonios, retirar en préstamo, y/o realizar cualquier otra
actividad que haga el normal desarrollo del presente juicio.
VII. PETITORIO
Por todo lo expuesto a
V.S. solicito:
1. Se nos tenga por
presentados, por denunciado el domicilio real y por constituido el domicilio procesal
y electrónico.
2. Se tenga por
presentada la documentación acompañada.
3. Se proceda a la
apertura del juicio sucesorio de Daniel Bazán Vera.
3. Se ordene la
publicación de edictos en el Boletín Oficial.
4. Oportunamente
se dicte la correspondiente Declaratoria de Herederos en favor de los
representantes.
PROVEER
DE CONFORMIDAD
SERA
JUSTICIA
Dr. Federico
Choren
Abogado
T°
XIX F°5 C.A.L.M
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